SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- El juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, Francisco Mejía Angomás, rechazó la solicitud de prisión domiciliaria a la convicta por el caso Baninter, Vivian Lubrano de Castillo, a quien sus médicos particulares le habían diagnosticado un estado de pánico que alegadamente le impedía estar en prisión.
El magistrado Angomás otorgó un plazo de dos meses, a partir de la fecha, al Ministerio Público, para que lleve a Lubrano de Castillo a la Cárcel Modelo de Najayo, donde deberá cumplir los cinco años de prisión a que fue condenada por fraude en el Banco Intercontinental (BANINTER).
El juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal acogió la evaluación médica realizada por un grupo de especialistas dispuestos para tales fines por la Sociedad Dominicana de Psiquiatría, que determinó que la paciente podía perfectamente recibir su tratamiento en prisión.
De esa forma rechazó las argumentaciones del equipo de especialistas de la propia convicta, que alegaban que su estado de pánico le impedía ir a prisión.
La sentencia solicita al Juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional que supervise el estado de salud de la condenada, hasta el fiel cumplimiento del plazo de dos meses para que sea llevada a la cárcel Modelo de Najayo. El plazo vence el próximo 22 de diciembre.
Lubrano de Castillo había logrado evadir por tres meses, su reclusión en la cárcel para mujeres de Najayo, luego que el juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional, Saulo Ysabel, dicidiera cumplir con la sentencia condenatoria el pasado 21 de julio.
El magistrado Angomás otorgó un plazo de dos meses, a partir de la fecha, al Ministerio Público, para que lleve a Lubrano de Castillo a la Cárcel Modelo de Najayo, donde deberá cumplir los cinco años de prisión a que fue condenada por fraude en el Banco Intercontinental (BANINTER).
El juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal acogió la evaluación médica realizada por un grupo de especialistas dispuestos para tales fines por la Sociedad Dominicana de Psiquiatría, que determinó que la paciente podía perfectamente recibir su tratamiento en prisión.
De esa forma rechazó las argumentaciones del equipo de especialistas de la propia convicta, que alegaban que su estado de pánico le impedía ir a prisión.
La sentencia solicita al Juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional que supervise el estado de salud de la condenada, hasta el fiel cumplimiento del plazo de dos meses para que sea llevada a la cárcel Modelo de Najayo. El plazo vence el próximo 22 de diciembre.
Lubrano de Castillo había logrado evadir por tres meses, su reclusión en la cárcel para mujeres de Najayo, luego que el juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional, Saulo Ysabel, dicidiera cumplir con la sentencia condenatoria el pasado 21 de julio.
Por Wilkin Amador
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